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CÓDIGO DE ÉTICA

Frecuencia Modulada de Veracruz, S.A. de C.V.

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Este Código tiene como propósito establecer un marco de conducta profesional y de responsabilidades en materia de Radio y Televisión; así como de respetar y promover los derechos de las audiencias. En el presente Código de Ética se establecen los lineamientos básicos obligatorios con los que deberán conducirse los directivos, productores, realizadores, programadores, operadores, colaboradores y trabajadores en general. Para el cumplimiento de tales principios se establecen los siguientes valores:

 

Libertad de expresión. Libertad para expresar y difundir ideas, opiniones y mensajes a través de diversos soportes ya sea en audio, imagen o formatos multimedia. La información y los puntos de vista se manifestarán sin restricción alguna siempre en un marco de respeto y tolerancia.

 

Responsabilidad social. Promover el beneficio social y los valores y principios democráticos. Los contenidos deben responder a las demandas esenciales y diversas de los públicos en lo que se refiere a información, entretenimiento, conocimientos, opiniones, habilidades, etc. Además, destaca la función de socializar el conocimiento científico y el saber humanístico.

 

Objetividad. Informar con profesionalismo, oportunidad y veracidad.

 

Pluralidad. Dar cabida a las distintas posturas y no dar ningún trato especial ni privilegiado por motivos económicos, políticos, partidistas o personales. El compromiso es producir en todo momento con la mejor calidad, oportunidad e información posible los contenidos audiovisuales y radiofónicos que difundan la ciencia, la cultura, la música en todas sus expresiones, los deportes, las noticias, buscando en todo momento equidad en temas y propuestas.

 

El servicio de radiodifusión y los contenidos audiovisuales producidos se apegarán a los valores y principios que enmarca este Código, además de prestarse en observancia del Estado de Derecho en materia de transparencia, telecomunicaciones y radiodifusión, así como de propiedad intelectual.

La producción de contenido audiovisual y radiofónico tiene como objetivo informar, entretener y educar a la sociedad.

 

Los contenidos deben estar libres de cualquier prejuicio, en un marco de respeto y estímulo a la diversidad cultural, social y política, entendiendo con ello la diversidad de géneros, de públicos y de temas que reflejen los intereses de las audiencias.

 

Cualquier contenido debe emitirse con perspectiva de género, pluralidad e igualdad entre los individuos y dignidad humana, así como tomar un rol esencial para condenar, rechazar y educar sobre la violencia y el acoso infantil.

 

Frecuencia Modulada de Veracruz S.A. de C.V. propiciará en sus contenidos relacionados con la infancia y la adolescencia, difundir información y contenidos de interés social y cultural; procurar que la información difundida fomente su desarrollo y bienestar social y humano; estimular su creatividad, y difundir sus derechos humanos; proporcionar esparcimiento e información que coadyuve a su mejor desarrollo emocional; e infundir el respeto a los valores humanos y nacionales.

 

La información que se transmita, se referirá de tal forma que no cause confusión al público receptor, evitando que en sus contenidos se haga mal uso del lenguaje mediante expresiones o imágenes vulgares u obscenas.

 

La producción audiovisual y radiofónica reflejará la diversidad de las manifestaciones culturales en el estado, el país y el mundo. El contenido musical será incluyente, considerando la amplia gama de creatividad humana.

 

En todas las producciones se buscará priorizar temas de la agenda local ciudadana, de la propia Universidad, procurando que sean temas de interés para la ciudadanía y la comunidad universitaria.

 

Frecuencia Modulada de Veracruz S.A. de C.V. asume su compromiso con el derecho de réplica de la audiencia, en apego a la legislación vigente en la materia.

 

Frecuencia Modulada de Veracruz S.A. de C.V. procurará que sus transmisiones se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la dignidad personal y a la moral, y no ataquen los derechos de terceros, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden y la paz públicos.

 

Queda expresamente prohibido, por colaborar o tener nexos con Frecuencia Modulada de Veracruz S.A. de C.V., recibir beneficios o dádivas personales, sean económicos, políticos o sociales.

 

Quienes colaboran en Frecuencia Modulada de Veracruz S.A. de C.V. y/o participan de alguna producción transmitida por cualquier medio, quedan obligados a mantener una actitud orientada, en todo momento, por la claridad, transparencia, honestidad, libertad de expresión, análisis, deliberación, diálogo, capacidad de escucha, capacidad de propuesta, el reconocimiento a la diversidad, la tolerancia, el respeto, la sensibilidad hacia el interlocutor, así como de evitar el conflicto de intereses entre sus actividades como colaboradores de Frecuencia Modulada de Veracruz S.A. de C.V. y cualquier otro desempeño profesional.

 

Los integrantes y colaboradores (estudiantes, prestadores de servicio social, practicantes, productores o locutores invitados, entre otros) promoverán de forma permanente la retroalimentación libre, respetuosa, crítica y veraz con la audiencia.

 

De los derechos de las audiencias

En cumplimiento a lo previsto por los “Lineamientos Generales sobre los Derechos de las Audiencias” emitidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, se reconocen como derechos de las audiencias los siguientes:

  1. Recibir contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social y cultural y lingüístico de la Nación;

  2. Recibir programación oportuna que incluya diferentes géneros que respondan a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad.

  3. Que los concesionarios se abstengan de transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa. Se entenderá que se transmite publicidad o propaganda como información periodística o noticiosa, cuando un concesionario inserta dentro de su programación informativa un análisis o comentario editorial cuyo tiempo de transmisión ha sido contratado por un anunciante, sin que tal circunstancia se haga del conocimiento de la audiencia. En su Código de Ética, los concesionarios señalarán los elementos y prácticas que observarán para prevenir y evitar incurrir en la prohibición a que se refiere esta fracción.

  4. Que se respeten los horarios de los programas y que se avise con oportunidad los cambios a la misma y se incluyan avisos parentales.

  5. Ejercer el derecho de réplica, en términos de la ley reglamentaria.

  6. Que se mantenga la misma calidad y niveles de audio y video durante la programación, incluidos los espacios publicitarios.

 

En la prestación de los servicios de radiodifusión estará prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

 

Así mismo, promovemos el respeto de los derechos humanos, el interés superior de la niñez, la igualdad de género y la no discriminación, y los demás que se establezcan en otras leyes, exclusivamente.

 

De igual forma, instamos que la programación difundida en el marco de la libertad de expresión y recepción de ideas e información, propicie:

  1. La integración de las familias.

  2. El desarrollo armónico de la niñez.

  3. El mejoramiento de los sistemas educativos.

  4. La difusión de los valores artísticos, históricos y culturales.

  5. El desarrollo sustentable y protección al medio ambiente.

  6. La difusión de las ideas que afirmen nuestra unidad nacional.

  7. La igualdad entre hombres y mujeres.

  8. La divulgación del conocimiento científico y técnico; y

  9. El uso correcto del lenguaje.

 

Además de los derechos previstos en este Código y con el objeto de que exista una igualdad real de oportunidades, las audiencias con discapacidad gozarán de los siguientes derechos:

Que se promueva el reconocimiento de sus capacidades, méritos y habilidades, así como la necesidad de su atención y respeto.

Contar con mecanismos que les den accesibilidad para expresar sus reclamaciones, sugerencias y quejas a los defensores de las audiencias, siempre y cuando no represente una carga desproporcionada o indebida al concesionario, y

Acceso a la guía de programación a través de un número telefónico o portales de Internet de nuestras marcas.

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